Articulo 15 Fraccion I

Nombre Documento Descripción
La obligatoria para todos los sujetos obligados

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ARTÍCULO 8°.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

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ADMINISTRACIÓN 2018-2021

H. AYUNTAMIENTO DE IXTLAHUACÁN DEL RÍO, JALISCO

El Municipio es un orden de gobierno que constituye la base de la división territorial del Estado, y su organización política y administrativa.
La normatividad que incide en el ámbito municipal es extensa, por ello, con la finalidad de facilitar la información, ofrecemos un vínculo al Congreso de la Unión y al Congreso del Estado de Jalisco, donde se puede consultar la normatividad que sea de su interés.

Los artículos que aplican de acuerdo a la existencia, atribuciones y funcionamiento del sujeto obligado son:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 115)
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

Constitución Política del Estado de Jalisco (artículos 73 al 89)

Aprobación: 8 de julio de 1917. Publicación: julio 21, 25 y 28 y Agosto 1º. De 1917. Vigencia: 2 de agosto de 1917.
Las cuáles se encuentran vigentes y se dejan a disposición del ciudadano en este mismo apartado.

http://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/busquedasleyes/L...

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H. AYUNTAMIENTO DE IXTLAHUACÁN DEL RÍO

El Municipio es un orden de gobierno que constituye la base de la división territorial del Estado, y su organización política y administrativa.

Por ello, la normatividad que incide en el municipio es muy extensa, es por tal motivo, que para facilitar la información que ofrece este sitio,

publicamos la normatividad principal, ofreciendo un vínculo al Congreso de la Unión y al Congreso del Estado de Jalisco donde podrá consultar la normatividad que sea de su interés.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

La obligatoria para todos los sujetos obligados PDF icon Declaración-Gobierno-Abierto.pdf

DECLARACIÓN SOBRE GOBIERNO ABIERTO

01 DE SEPTIEMBRE DEL 2011

La obligatoria para todos los sujetos obligados PDF icon pacto_internacional_de_derechos_civiles_y_politicos.pdf

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución
2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966

Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el artículo 49
México. Aprobación Senado: 18 diciembre 1980, Publicación DOF Aprobación: 9 enero 1981.
Vinculación de México: 23 marzo 1981, Adhesión. Entrada en vigor para México: 23 junio de 1981

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Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica"

22 de Noviembre de 1969

http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm

La obligatoria para todos los sujetos obligados PDF icon Declaración-Universal-de-los-Derechos-Humanos.pdf

H. AYUNTAMIENTO DE IXTLAHUACÁN DEL RÍO

Declaración Universal de Derechos Humanos
Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948

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Se informa que la información obligatoria para este sujeto obligado H. Ayuntamiento de Ixtlahuacán del Río, se puede consultar en el siguinte link: http://www.ixtlahuacandelrio.gob.mx/?q=articulo_8